REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diez (10) de noviembre de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: VP01-L-2017-000595
Vista la diligencia de fecha ocho (8) noviembre de 2017, suscrita por el abogado JOSE FERRER PIRELA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No.263.807, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA EUGENIA VILLALOBOS, titular de la cédula de identidad No. V-14.137.801, mediante la cual desiste de la demanda por Prestaciones Sociales incoada en contra la sociedad mercantil CARNICERIA BIL-VOC; este Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por cuanto no se vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público y el abogado se encuentra debidamente facultado para desistir, según se evidencia de instrumento poder que se encuentra agregado a las actas, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, le imparte su aprobación y le otorga el carácter de Cosa Juzgada. Se ordena la devolución de las pruebas consignadas al inicio de la Audiencia Preliminar y el archivo definitivo del expediente. ASI SE DECIDE. – Publíquese y Regístrese la presente decisión

La Juez


Marlene Rojas de Siu


El Secretario

Raúl Sarmiento

En la misma fecha siendo la una y cuarenta minutos de la tarde se registró y publicó la decisión.


El Secretario

Raúl Sarmiento