REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, TREINTA (30) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE (2017)
207º Y 158º

EXPEDIENTE N° VP01-L-2017-000878

PARTE ACTORA: KRISTIAN RAFAEL MARQUEZ RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.298.601, domiciliado en esta Ciudad de Maracaibo, Municipio Maracaibo.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: PRILEZ JOSÉ URDANETA MEDRANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 228.431.

PARTE DEMANDADA: BALANCEOS LAMAR, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, bajo el N°51, Tomo 56 A, de fecha 8 de diciembre de 2000.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NERIO HERRERA BASABE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 105.912.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

Inicia el presente procedimiento formal demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, interpuesta en fecha 14 de agosto de 2017, por el abogado en ejercicio, PRILEZ JOSÉ URDANETA MEDRANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 228.431, obrando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO DE JESUS PEÑA PRIETO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.742.984, domiciliado en esta Ciudad de Maracaibo, Municipio Maracaibo, parte actora en el presente procedimiento, la cual fue admitida en fecha 19 de septiembre de 2017, por este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial.

En fecha 16 de noviembre de 2017, por auto expreso este Tribunal, admitió la reforma de la demanda, planteada por la parte actora, mediante escrito de fecha 8 de noviembre de 2017.

En fecha 28 de noviembre de 2017, el abogado PRILEZ JOSÉ URDANETA MEDRANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 228.431, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano KRISTIAN RAFAEL MARQUEZ RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.298.601, y suficientemente facultado para ello, consignó diligencia manifestando: “ … Desisto de la Presente Acción (…)”

En fuerza del desistimiento manifestado por el apoderado judicial de la parte actora, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, Le imparte su Homologación al Desistimiento del Procedimiento, extinguiendo en consecuencia la Instancia, en virtud de lo cual se ordena el cierre informático y archivo definitivo del expediente.

Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los treinta (30) días del mes de noviembre de dos mil diecisiete (2017).Publíquese y Regístrese.
LA JUEZA,
ABOG. JHACNINI TORRES CHIRINOS
LA SECRETARIA,
ABOG. YASMIRA GALUE

En esta misma fecha se publicó la presente decisión.-

LA SECRETARIA,
ABOG. YASMIRA GALUE