REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO.

Exp-8165-17 Resolución No.-111-17

TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 30 de mayo de 2017
207º y 158º

Visto el escrito que antecede suscrito por el abogado EUGENIO ENRIQUE LOPEZ SIMANCAS, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 87.702, actuando con el carácter acreditado en las actas procesales, consignado en fecha 23 de mayo de 2017, este Tribunal le da entrada al mismo y ordena abrir pieza de medida.
Ahora bien, dicha representación judicial solicita en el escrito antes señalado se decrete medida de prohibición de enajenar y gravar, sobre el inmueble propiedad de la parte demandada la sociedad mercantil INDISRECA, C.A, suficientemente identificada en la pieza principal del presente expediente, dicho inmueble se encuentra constituido por un (01) apartamento señalado con las siglas 6-B, piso sexto del edificio Jardín Las Delicias, ubicado en la avenida 15 (Delicias) con calle 67B, número 67ª-20, en jurisdicción de la parroquia Coquivacoa del municipio Maracaibo del Estado Zulia, el mismo comprende el inmueble cuyo gastos comunes y cuotas de condominio pretenden cobrar la parte demandante “CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL JARDIN LAS DELICIAS”, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 600 del Código de Procedimiento Civil, y por considerar que se encuentran llenos los extremos a que refiere el artículo 585 eiusdem, decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble constituido por un (01) apartamento señalado con las siglas 6-B, piso sexto del edificio Jardín Las Delicias, ubicado en la avenida 15 (Delicias) con calle 67B, número 67ª-20, en jurisdicción de la parroquia Coquivacoa del municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual tiene un área aproximada de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (154,42 Mts2) y se encuentra dentro de los siguientes linderos: NORTE: fachada norte del Edificio; SUR: pasillo de circulación común y apartamento 60; ESTE: fachada este del edificio y OESTE: fachada oeste del edificio y en parte con el apartamento 6A, el mismo se encuentra registrado por ante la Oficina de Registro Publico del Primer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, bajo el No. 44, protocolo 1°, Tomo 31; en consecuencia se ordena hacer la participación respectiva a la oficina de Registro antes indicada.- Ofíciese.
La Jueza Provisoria

Dra. Crisel González Ávila
La Secretaria Temporal

Abg. Bettina Bemergui Leal
En la misma fecha se ofició bajo el No. _______-2017, conforme a lo ordenado.
La Secretaria Temporal