REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Nueva Esparta
La Asunción, veintiséis de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: OP02-V-2015-000368
Revisado como ha sido el presente asunto y vista la diligencia de fecha 09-05-2017, suscrita por el Ministerio Público, mediante la cual solicito el Desistimiento de la presente causa, en tal virtud, esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente desistimiento y ordena el cierre y archivo definitivo del presente asunto de Régimen de Convivencia Familiar, tal como lo establece el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Remítase el expediente Oficina de Archivo Judicial Regional, para su guarda y cuido.
La Jueza,

Fanny Luz Márquez
EL Secretario,

Jose Luis Molina