ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP1-L- 2016-001258
PARTE ACTORA : ENIRIO JIMENEZ
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: LEONIRDA CHOURIO .
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES MACHADO SEGURIDAD, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA : JOSE CASTRO.
MOTIVO : PRESTACIONES SOCIALES OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día hábil de hoy 16 de MAYO de 2017, siendo las 10:00 de la mañana para que tenga lugar a la Prolongacion Audiencia Preliminar comparece la abogada LEONIRDA CHOURIO y por la parte demandada el abogado en ejercicio JOSE CASTRO donde han llegado al acuerdo con el fin de dar por terminado la presente causa, conviene en que el la Sociedad Mercantil : INVERSIONES MACHADO SEGURIDAD, C.A., le ofrece cancelarle al ciudadano ENIRI JIMENEZ ,titular de la cedula de identidad No 7.766.557, la cantidad de QUINIENTOS CINCO MIL BOLIVARES ( Bs 505.000.) mediante un pago único para la fecha 30 de junio del 2017 .Ahora bien, visto lo acordado por las partes, vista previa mediación positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni las normas de orden publico, por lo que ambas partes solicitan se homologue el acuerdo celebrado se le de el carácter de cosa juzgada por lo tanto ,da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, este Tribunal no da por terminado la presente causa y no ordena el archivo definitivo del expediente hasta cumplir la obligación.- . Así se decide.
La Juez.
La Secretaria.
Abog. Marianela Bravo.
Los Presentes
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