REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (19) de Mayo de Dos Mil diecisiete (2017)

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2017-000065
PARTE ACTORA: ARGENIS ESPINA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: KRISTAL BARBOZA
PARTE DEMANDADA: VIGILANCIA Y SEGURIDAD INDUSTRIAL LOS ANDES, C.A.(VYSILA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: TATIANA MUÑOZA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy 19 de Mayo de 2017, siendo las 10:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia preliminar presente la abogada TATINA MUÑOZ inpreabogado numero 96.070 actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil VIGILANCIA Y SEGURIDAD INDUSTRIAL LOS ANDES, C.A.(VYSILA) consignado documento poder en copia simple el cual se agrega a las actas que conforman el presente asunto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 158 y 207.



El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes