ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2017-000108
PARTE ACTORA: ANDREINA PEREZ
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: Procuradora de Trabajadora Yasmín nava
PARTE DEMANDADA: JOJAINA PULGAR
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: Alonso Soto
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,28 de Marzo de 2017, siendo la, oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ANDREINA PEREZ y JOJAINA PULGAR en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de veintitrés mil Bolívares (Bs. 23.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregado en este acto en efectivo a la ciudadana extrabajadora. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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