ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2017-000337
PARTE ACTORA: LILIANA DIAZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MONICA ASCANIO SALCEDO
PARTE DEMANDADA: VIVERES DE CANDIDO
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Andrex Reyes
MOTIVO: Prestaciones sociales.
En el día hábil de hoy,22 de Marzo de 2017, siendo la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos LILIANA DIAZ y VIVERES DE CANDIDO en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la parte demandada ofrece la cantidad de dos millones ochocientos mil Bolívares (Bs. 2.800.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le son entregado en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución financiera B.O.D. Signado bajo el número: 10824416 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito junto a cuatro (4) folios anexos los cuales se ordena agregar al expediente.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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