REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo (7) de Marzo de dos mil diecisiete (2017)
ASUNTO: VP01-L-2016-000763
Visto el Covenimiento suscrito por el abogado GUILLERMO REINA inpreabogado numero 87.894 actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana ZAIDA YUDITH SALAZAR MENDOZA identificada con la cédula de identidad No. V-11.293.323 y el abogado GABRIEL MOSQUERA inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No. 109.546 con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil DA MOTA SUPERMARKET C.A , a los fines del pronunciamiento para su homologación, este Tribunal observa: En fecha 24 de Febrero de 2017 culmino la audiencia preliminar, en fecha 7 de Marzo del presente año las partes introducen por ante la unidad de recepción y distribución de documentos coveniminto en el cual la demandada cancela el total del monto demandado en el libelo de la demanda de (Bs 257.225,32) mediante cheque No.53001523 librado a favor de la trabajadora , contra la entidad financiera Banco BANPLUS ; En consecuencia, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL COVENIMIENTO celebrada entre la ciudadana ZAIDA YUDITH SALAZAR MENDOZA y la sociedad mercantil DA MOTA SUPERMARKET C.A y se le da el pase en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo promulgada el 7 de mayo de 2012 y en los artículos 10 y 11 del Reglamento vigente. Se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo Así se decide.
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los (7) día del mes de Marzo de 2017.-
EL JUEZ
Abog. ALEXIS FIGUEROA
La Secretaria
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