Sent 113-2017
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo,
09 de Junio de 2017
206° y 157°
Recibida la anterior solicitud de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Poder Judicial del Estado Zulia, signada con el Nº TM-MO-15266-2017 se le da entrada, y por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, fórmese expediente y numérese.- El ciudadano ALFREDO ENRIQUE GONZALEZ ANTUNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.763.018, asistido por la ciudadana, abogada en ejercicio ANDREINA SALAZAR RASSES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 186.966, ambos domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, solicita se le declare suficientes los derechos que tiene como Único y Universal Heredero de la causante RAIZA DEL CARMEN ANTUNEZ DE GONZALEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.867.180 y falleciera en fecha 10 de Agosto de 2015, en Jurisdicción de la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia.- El solicitante acompaña los siguientes documentos:1) Copia Certificada de Acta de defunción; 2) Datos Filiatorios; 3) Copias de cédula; 4) Certificado de Solvencia de Sucesiones y Donaciones 5) Original de Justificativo de testigos evacuado por ante la Notaria Décima Primera de Maracaibo del Estado Zulia.- Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tiene el ciudadano ALFREDO ENRIQUE GONZALEZ ANTUNEZ, como Único y Universal Heredero de la causante RAIZA DEL CARMEN ANTUNEZ DE GONZALEZ. .- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente y expídanse las copias certificadas solicitadas.-
La Juez
Abog. Maria Idelma Gutiérrez
El Secretario
Abog. Gastón González U
En la misma fecha se devuelve constante de quince (15) folios útiles y se dejó copia certificada para formar expediente Nº Sol.1713-2017, y se expidieron las copias certificadas solicitadas.-
El Secretario
Abog. Gastón González U
MIGV/GGU/SJSL.-
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