REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, treinta de junio de dos mil diecisiete
207º y 158º

ACTA
N° DE EXPEDIENTE:OP02-R-2017-000019
PARTE DEMANDADA APELANTE: Entidad de Trabajo INVERSIONES 21961, C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en fecha 28 de Octubre de 2005, bajo el Nº 14, Tomo 50-A.
APODERADOS JUDICIALES: Abogados en ejercicio ANDREA MILAGROS MENJIBAR GARCIA, ALIDA ARIADNA MORENO PEÑA y AGUAMARINA LOVERA GONZÁLEZ, MARIA CARDONA, JORGE JOSE RUIZ BLANCO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 237.366, 117.171, 236.180, 221.478 y 38.573, respectivamente.
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano NICOLAS ANTONIO CEDEÑO LÓPEZ, Venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nro. V- 8.473.988.
APODERADOS JUDICIALES: Abogados en ejercicio, SIMÓN EDUARDO PALMA AVILAN y ARSENIA DE PALMA, inscrito en el Inpreabogado Nro. 63.725 y 33626, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS. Recurso de Apelación interpuesto en contra de la sentencia publicada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Nueva Esparta, en fecha 15-05-2017.


En el día de hoy, Treinta (30) de Junio del año Dos Mil Diecisiete (2.017), siendo las Diez horas de la mañana (10:00 AM), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública, de la causa distinguida bajo el Nº OP02-R-2017-000019; se constituye el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, presidido por la ciudadana Jueza, BETTYS LUNA AGUILERA y la Secretaria, ciudadana LECVIMAR GONZÁLEZ. Anunciándose la realización de dicho acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandada apelante, Entidad de Trabajo INVERSIONES 21961, CA., ni por sí, ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Se deja constancia que se encuentra presente por la parte demandante, su apoderado judicial, abogado en ejercicio SIMÓN PALMA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 63.725. En consecuencia este Tribunal Primero Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, declara DESISTIDO el presente Recurso de Apelación interpuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se condena en costa a la parte apelante de conformidad con lo establecido en el artículo 62 Ejusdem. Remítase el presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de este Estado, a los fines respectivos.
LA JUEZA,

BETTYS LUNA AGUILERA.

LA SECRETARIA,

LECVIMAR GONZÁLEZ MARCANO.



BLA/ljgm