ASUNTO: VP01-N-2017-000068
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
El Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
206º y 158º
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO DE RECURSO ABSTENCIÓN Y CARENCIA
En el día de hoy, jueves ocho (08) de junio de dos diecisiete (2017), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijados por este Tribunal para llevar a efecto la Audiencia del Recurso de Abstención y Carencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que las partes y/o sus representantes legales expresen en forma oral y pública los argumentos respectivos, referente de Recurso Abstención y Carencia incoado por la Sociedad Mercantil MENSAJEROS DE RADIO WORLDWIDE, C.A., en contra de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo, Estado Zulia, identificados en actas, la cual cursa en este Tribunal bajo el número de asunto VP01-N-2017-000068. Estando presentes en esta Sala de Audiencia la Abog. ANMY PÉREZ, quien preside este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, en su condición de Jueza, en compañía del ciudadano Abogado JONATHAN PÉREZ, en su condición de Secretario, y de la ciudadana ANGÉLICA CALDERÓN, en su condición de Alguacil de este Circuito Judicial Laboral, esta anunció el acto y manifestó al Tribunal que no compareció ni por si ni por medio de su representación judicial la Sociedad Mercantil MENSAJEROS DE RADIO WORLDWIDE, C.A., Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la representación de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo del estado Zulia. Así, vista la incomparecencia de la Sociedad Mercantil MENSAJEROS DE RADIO WORLDWIDE, C.A., la Juez de este Tribunal procedió a dictar la sentencia de forma oral de conformidad con lo dispuesto en el segundo aparte del artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en los siguientes términos: Este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en el juicio de Abstención y Carencia, que sigue la Sociedad Mercantil MENSAJEROS DE RADIO WORLDWIDE, C.A., en contra de la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo, Estado Zulia, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales, esto de conformidad con lo previsto en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.-
La Juez,
Abg. Anmy Pérez
El Secretario,
Abg. Jonathan A. Pérez R.
En la misma fecha y estando presente en el lugar destinado para Despachar la Ciudadana Jueza, se dictó y publicó el fallo que antecede quedando registrado bajo el Nro. PJ069-2017-000061.-
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