ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP1-L- 2016-001064
PARTE ACTORA : ABUNDIO RANGEL MONTILLA .
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: LUIS DUARTE.
PARTE DEMANDADA: SERVICAR, C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: KARLA TANGREDI
MOTIVO : PRESTACIONES SOCIALES .
En el día hábil de hoy 6 de JUNIO de 2017, siendo las 11:30 de la mañana para que tenga lugar a la Prolongación Audiencia Preliminar comparece el abogado LUIS DUARTE , presente el ciudadano ABUNDIO RANGEL MONTILLA , y por la parte demandada la abogada en ejercicio CARLA TANGREDI donde han llegado al acuerdo con el fin de dar por terminado la presente causa, conviene en que el la Sociedad Mercantil : SERVICAR, C.A, le cancela al ciudadano ABUNDIO RANGEL MONTILL ,titular de la cedula de identidad No 7.831.859, la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON SESENTA CENTIMOS( Bs 359.469,60.) mediante cheque librado a su favor, contra el Banco Occidental de Descuento designado con el numero 91001381, tal como lo establece acta transaccional presentada por las partes. Ahora bien, visto lo acordado por las partes, vista previa mediación positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni las normas de orden publico, por lo que ambas partes solicitan se homologue el acuerdo celebrado se le de el carácter de cosa juzgada por lo tanto ,da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, este Tribunal da por terminado la presente causa y ordena el archivo definitivo del expediente.- . Así se decide.
La Juez.
La Secretaria.
Abog. Marianela Bravo.
Los Presentes
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