REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintiuno de junio de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO : VP01-L-2015-001142
Visto el escrito presentado por el ciudadano DAVID SOTO, venezolano, abogado mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V- 20.333.096, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 210.567 en su condición de apoderado judicial de la parte actora, el ciudadano HEBERTO CHOURIO, titular de la cedula de identidad numero 7.971.683, en la cual desiste del procedimiento de la presente demanda en contra de la sociedad mercantil HEROCA TV, CA. YMATRIX TV. revisadas como han sido las mismas, este TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, le imparte su aprobación y le otorga el carácter de Cosa Juzgada, en consecuencia se da por terminado la causa, se ordena el cierre del expediente y su remisión al archivo judicial.
LA JUEZ
ABOG. MARIANELA BRAVO
LA SECRETARIA
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