ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2017-000055
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO LOVERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada ANA RODRÍGUEZ, Inpreabogado N° 51.965.
PARTE DEMANDADA: SUMINISTROS Y SERVICIOS EJ SANGUS, C.A., EDGA JOSEFINA FUENMAYOR LOVERA y ROSA VIRGINIA BRACHO LOVERA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Anthony Colmenarez, Inpreabogado N° 150.252.
MOTIVO: Prestaciones Sociales y Otros Conceptos
En el día hábil de hoy, 22 de Junio de 2017, siendo las 11:04 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano JOSE GREGORIO LOVERA en su carácter de parte actora asistido por la apoderada judicial abogada Ana Rodríguez y SUMINISTROS Y SERVICIOS EJ SANGUS, C.A., EDGA JOSEFINA FUENMAYOR LOVERA y ROSA VIRGINIA BRACHO LOVERA en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Anthony Colmenares, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 26/06/17 en la sede del Tribunal al demandante la cantidad de trescientos dos mil doscientos cincuenta bolívares (Bs. 302.250,00), con este pago se dan por satisfechos los conceptos reclamados en el libelo de demanda y que damos por reproducidos en la presente acta. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivar hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y los respectivos anexos.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria
Los Presentes:
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