ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-S-2017-000037
PARTE ACTORA: EDGAR ARIAS y JEFF SULBARAN
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Carlos Jurado
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA (APUZ)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Rafael Rincón
MOTIVO: Conceptos laborales.

En el día hábil de hoy,26 de Junio de 2017, siendo las 10:31 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos EDGAR ARIAS, JEFF SULBARAN y la ASOCIACION DE PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD DEL ZULIA (APUZ) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de: Quinientos treinta y cinco mil Bolívares (Bs. 535.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados, por ambos demandantes, en el escrito libelar, los cuales le son entregado en un solo cheque a favor del ciudadano co-demandante Edgar Arias signado bajo el numero: 27001892 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Las partes presentan escrito, el cual se ordena agregar al expediente. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes