REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO.

SOL. Nº 3173

TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 19 de julio de 2017
207° y 158°
Visto el escrito presentado por el ciudadano HERMES JUNIOR VALERO AGUIAR, debidamente asistido por el profesional del derecho WILLIAN JOSÉ CASTILLO QUEVEDO, ambos identificados en actas, mediante la cual requiere a este Juzgado, estado de ejecución del fallo dictado en la presente solicitud, este Tribunal provee de conformidad con lo solicitado, en tal sentido, a tenor de lo dispuesto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, declara en estado de ejecución la sentencia de conversión en divorcio de la separación de cuerpos dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha nueve (09) de junio de dos mil diecisiete (2017), misma que declara la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos ANA SUSANA VEGA SOLER y HERMES JUNIOR VALERO AGUIAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 16.151.581 y 17.180.301, respectivamente.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 101 de la Ley Orgánica de Registro Civil, se ordena expedir por Secretaría copias certificadas de la referida sentencia, diligencia y del presente auto ejecutorio, acompañadas de los oficios dirigidos al Registro Civil de la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio San Francisco y al Registro Principal ambos del estado Zulia, a fin de que estampen la nota marginal respectiva en el Acta de matrimonio Nº 157 de fecha primero (01) de octubre de dos mil diez (2010).- Ofíciese.
Por último, tramitado y sustanciado como ha sido la presente solicitud, una vez sean entregados los oficios y las copias solicitadas y ordenadas, se ordena su archivo y remisión al archivo Judicial Regional. Archívese.
LA JUEZA,
LA SECRETARIA,
ABOG. CLAUDIA ACEVEDO ESCOBAR.
ABOG. VANESSA ALVES SILVA


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior quedando anotado bajo el Nº 08 y se libraron oficios Nos. 0326-2017 y 0327-2017.

La Secretaria,