En el día de hoy Cuatro (04) de Julio de Dos Mil Diecisiete Siendo las Once de la mañana (11:00 am), oportunidad fijada para practicar la presente solicitud de Inspección Judicial, se trasladó este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en compañía del ciudadano Abogado CARLOS DIMITRI VASQUEZ JUAREZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 178.444, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la solicitante ciudadana JHOANNA ALEJANDRA HEREDIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11030.312, tal como se evidencia de Poder de fecha 19 de Junio de 2017, autenticado ante la Notaria Pública Primera de Porlamar del Estado Nueva Esparta bajo el N° 26. Tomo 43, Folios 80 hasta 82. Y se constituyó en un inmueble conformado por una Vivienda ubicada en el sitio denominado Sabana de Figueroa El Cardon, Calle La Estrella, Casa N° 9, Municipio Antolin del Campo del estado Bolivariano de Nueva Esparta; sitio al cual fue conducido este Tribunal por el apoderado judicial del solicitante. Acto seguido el Tribunal una vez constituido en el sitio a inspeccionar, notificó de la misión a cumplir a la solicitante ciudadana JHOANNA ALEJANDRA HEREDIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.030.312,, quien manifestó ser la ocupante del referido inmueble, ya que el mismo es propiedad del ciudadano FELIPE GAMBOA, y procedió a permitir el acceso voluntariamente al inmueble en cuestión y a quien se le explicó el motivo de la inspección.-Seguidamente el Tribunal procedió a designar como experto fotógrafo en la práctica de la presente solicitud, al ciudadano LUIS MANUEL ESPINOZA, titular de la cédula de identidad No. V-8.394.895, quien encontrándose presente en este acto, Aceptó la designación recaída y juró cumplir bien y fielmente con los deberes que le sean encomendados por este Tribunal. En este estado, el mismo manifiesta que para realizar la labor encomendada, utilizará para ello una cámara digital marca SANSUMG ES 30 12.2 MEGA PIXELS. En este estado, el Tribunal le indica al práctico- fotógrafo designado que tome fotografías en su presencia a los lugares a inspeccionar las cuales deberá consignar junto con su respectivo respaldo dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al de hoy, a los fines de que formen parte integrante de la presente acta. Seguidamente este Tribunal de Municipio deja expresa constancia de los siguientes particulares: En cuanto al Particular PRIMERO: El Tribunal deja expresa constancia que la ciudadana JHOANNA ALEJANDRA HEREDIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11030.312, manifestó ser la ocupante del inmueble conjuntamente con su grupo familiar vale decir con su esposo, sus dos hijos, nieto y hermana. En cuanto al Particular SEGUNDO: El Tribunal deja expresa constancia que la ciudadana JHOANNA ALEJANDRA HEREDIA manifestó que ocupa el inmueble en virtud de un Poder que le otorgó el ciudadano FELIPE GAMBOA, propietario del inmueble en el año 2014, para vender, ampliar, administrar, reparar el inmueble en referencia, pero que en ese momento el referido documento- poder lo tenia consigo su hija, y no se encuentra en la vivienda para el momento.-, TERCERO: El Tribunal deja expresa constancia por haberlo observado que el inmueble objeto de la presente inspección se encuentra en condiciones generales en regular estado de uso y conservación.- CUARTO: El Tribunal en este estado, le indica al práctico- fotógrafo designado que tome fotografías en su presencia a los lugares a inspeccionar a fin de evidenciar la condición del inmueble, las cuales deberá consignar junto con su respectivo respaldo dentro de los tres (3) días de despacho siguientes al de hoy, a los fines de que formen parte integrante de la presente acta. QUINTO: El Tribunal deja expresa constancia que el apoderado judicial de la solicitante Abogado, CARLOS DIMITRI VASQUEZ JUAREZ manifestó al tribunal que no hará uso del particular abierto. Es Todo. Terminado el acto del traslado, el tribunal acuerda regresar a su sede natural Siendo las Cuatro y Diez Post- Meridiem, Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
ABG. LISBETH VELASQUEZ ORDAZ
EL APODERADO JUDICIAL DE LA SOLICITANTE
LA NOTIFICADA
EL PRÁCTICO- FOTOGRAFO DESIGNADO,
EL ALGUACIL
LA SECRETARIA,
ABG. LUISANDRA CAZORLA
En la misma fecha se constituyó el Tribunal en su sede natural, conforme esta ordenado. Conste.
LA SECRETARIA,
S-2017-802 ABG. LUISANDRA CAZORLA
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