REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, VILLALBA, TUBORES Y PENÍNSULA DE MACANAO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, VILLALBA, TUBORES Y PENINSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.

Porlamar, 26 de julio de 2017
207º y 158º

Vistas las testimoniales rendidas por los ciudadanos, ROSANNY CAROLINA SIFONTES SIFONTES, OBDULY STEPHANY VILLARROEL CARRION y JOSE LUIS BERBIN MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad N° V-17.899.897, V-15.423.136 y V-13.190.674, respectivamente, quienes fueron contestes en señalar que conocieron de vista, trato y comunicación al hermano de la solicitante y a ella misma, ciudadanos HILDIMARI DEL VALLE MARVAL MARCANO y FRANKLIN RAFAEL MARVAL MARCANO, y que por el conocimiento que dice tener de estos, pueden decir que conocieron en vida al de cujus HILDIBARDO RAFAEL MARVAL LEON; que conocieron suficientemente de vista, trato y comunicación a los difuntos padres de la solicitante, ciudadanos HILDIBARDO RAFAEL MARVAL LEON y DILIA MARGARITA MARCANO DE MARVAL, quines eran mayores de edad, titulares las cédulas de identidad Nros. V-4.649.394 y V-5.482.720, respectivamente y cuya ultima residencia estaba situada en la siguiente dirección calle las Flores, casa S/N, Sector las Casita del Guamache, el Guamache, Municipio Tubores del estado Nueva Esparta; que saben y les consta que el fallecido HILDIBARDO RAFAEL MARVAL LEON, era de estado civil Viudo y que para la fecha de su muerte 21 de noviembre de 2016, dejo dos (02) hijos de nombres: FRANKLIN RAFAEL e HILDIMARI DEL VALLE; que saben y les consta que el fallecido HILDIBARDO RAFAEL MARVAL LEON, para la fecha de su muerte era viudo de la ciudadana DILIA MARGARITA MARCANO DE MARVAL; que por ese conocimiento que de los solicitante dicen tener, saben y les consta que estos son los Únicos y Universales Herederos de su fallecido padre HILDIBARDO RAFAEL MARVAL LEON. En consecuencia, este Tribunal comprobado como ha sido el derecho que los solicitantes alegan y una vez examinados y valorados los documentos consignados, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, vistas las anteriores actuaciones, declara a los ciudadanos HILDIMARI DEL VALLE MARVAL MARCANO y FRANKLIN RAFAEL MARVAL MARCANO, venezolanos, mayores de edad,
titulares de las cedulas de identidad Nros. V-18.550.307 y V-16.336.600, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante, ciudadano HILDIBARDO RAFAEL MARVAL LEON quien fuera venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-4.649.394.
De conformidad con los previsto del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se dejan a salvo los derechos de terceros y se advierte que la presente declaratoria basada en declaraciones de testigos de quienes se presume la buena fe y de los recaudos consignados como anexos, en ningún caso causará efecto de cosa juzgada y que perderá toda eficacia o valor jurídico para el caso de que se demuestre la inexactitud de los hechos afirmados por las solicitantes.-
Déjese constancia de este Decreto en el Libro Diario llevado al efecto por este Tribunal, Asimismo, evacuada como ha sido la presente Solicitud, se ordena la devolución del original junto con sus resultas
LA JUEZA TITULAR.

Abg. MINERVA DOMINGUEZ.

LA SECRETARIA

Abg. EMELYS ESTREDO HERNANDEZ

Solicitud Nº 278/17
MD/EEH/gpr.-

Nota: En esta misma fecha se ordena expedir por secretaria cuatro (04) juegos de copias certificadas de la presente solicitud junto con sus resultas, solicitadas mediante diligencia de fecha 18 de julio de 2017, suscrita por la ciudadana Hildimari Marval, asistida por el abogado Otto Carrasquero, ambos identificados en autos, de conformidad a lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-

LA SECRETARIA


Abg. EMELYS ESTREDO HERNANDEZ