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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Segundo de Primera Instancia de  Mediación, Sustanciación y Ejecución
 del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
 Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
 La Asunción, doce de julio de dos mil diecisiete
 207º y 158º
 ASUNTO: OP02-V-2016-000479
 Revisado como ha sido el presente asunto y vista la diligencia presentada por la DEFENSA PUBLICA en representación de la ciudadana MARTHA INÉS RUIZ BOCANEGRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-24.108.010, abuela materna del niño (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), en la solicitud de Colocación Familiar contra los ciudadanos YEYMY YOHANA PULIDO RUIZ y ALFONSO MARIO SANTIAGO, la primera venezolana y el segundo extranjero, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.549.068 y E-82.297.283 respectivamente, mediante la cual solicito el Desistimiento de la presente causa y le sean devueltos los documentos originales consignados. Por cuanto en el presente asunto no se ha realizado la notificación de la parte demandada, es por lo que esta Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de  Mediación  Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en uso de sus atribuciones legales conferidas por la ley, REVOCA LA COLOCACIÓN FAMILIAR dictada en fecha 20/09/2016 y HOMOLOGA el DESISTIMIENTO y ordena el cierre y archivo definitivo del presente asunto tal como lo establece el artículo 405 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se acuerda la devolución de los documentos originales. Remítase el expediente Oficina de Archivo Judicial Regional, para su guarda y cuido.
 La Jueza,
 
 Fanny Luz Márquez
 El Secretario,
 
 Jose Luis Molina
 
 
 
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