REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (4) de Julio de Dos Mil diecisiete (2017)
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2017-000553
PARTE ACTORA: JOAN VILLALOBOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS PROFESIONALES DE LIMPÍEZA C.A SEPROLIMCA, O.P.& SERVICIOS INTEGRALES C.A y OMERVIN PEÑA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GUILLERMO REINA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 4 de Julio de 2017, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia prelimar se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, presente el abogado GUILLERMO REINA inpreabogado numero 87.894 actuando en su condición de apoderado judicial de las demandada SERVICIOS PROFESIONALES DE LIMPÍEZA C.A SEPROLIMCA, O.P.& SERVICIOS INTEGRALES C.A y OMERVIN PEÑApor lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este, Tribunal Quinto de Primera Instancia de Susdtanciacion, Mediacion y ejecucion del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 158 y 207.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alexis Figueroa
Los Presentes
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