REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (17) de Julio de Dos Mil diecisiete (2017)

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016-000463
PARTE ACTORA: ERICO ANZOLA, MILTON ARRIOLA, NOEL CHOURIO, WILLIAM FAYS, RAFAEL MOSQUERA, WILMER MONTIEL, JUAN PEREZ, GERMAN QINTERO y FRANCISCO VILLALOBOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANDREINA FERNADEZ
PARTE DEMANDADA: MGH PROTECCION INTEGRAL, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MERY FERRER
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En fecha 17 de julio del presenta año la abogada ANDREINA FERNADEZ inpreabogado numero 126.836 actuando en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos JUAN PEREZ Y RAFAEL MOSQUERA Y MGH PROTECCION INTEGRAL, C.A. empresa esta representada por su apoderado judicial abogada MERY FERRER inpreabogado numero 19.607 presentaron por ante la unidad de recepción y distribución de documentos transacción y copias de los cheques agregándose a las actas que conforman el presente asunto, visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada;
El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa