REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS
Cabimas, 6 de julio de 2017
206° y 158°


Asunto: VP21-L-2017-000086

Parte Actora: HERIBERTO ANTONIO RAMON ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 10.709.036 domiciliado en el Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia.

Apoderados Judiciales de
La Parte Actora: JUAN ALVARADO, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 139.444.


Parte Demandada: SERVICIOS ESPECIALIZADOS JOJ, CA, domiciliada en el Municipio Autónomo Lagunillas del Estado Zulia.

Apoderados Judiciales
de la Parte Demandada: BRIGITTE PRIETO y JESÚS CALDERON, abogados en ejercicio inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 137.035 y 242.12 .


Motivo: Cobro de Beneficio de Alimentación y otros Conceptos Laborales.


En el día hábil de hoy, seis (6) de julio de dos mil diecisiete (2.017), siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada por medio de JORGE PARRA MARQUEZ, en su condición de vicepresidente de la sociedad mercantil demandada asistido por los apoderados judiciales BRIGITTE PRIETO y JESÚS CALDERON, de igual forma se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a dicha audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

Abg. LEONARDO BAUZA ACOSTA
JUEZ 4TO SME.



PARTE DEMANDADA Y APODERADOS JUDICIALES


Abg. YOMAIRA MATOS
SECRETARIA
LBA.