REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, veintidós (22) de febrero de dos mil diecisiete (2017).
206º y 158º
ASUNTO: OP02-L-2016-000251
Visto que concluida la Prolongación de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 14 de febrero de 2017, y consignado como ha sido el escrito de contestación de la demanda por el Profesional del Derecho JORGE JOSÉ RUIZ BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 38.573, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES 21961, C.A. ; en consecuencia, se ordena remitir el expediente Nº OP02-L-2016-000251, al Tribunal de Juicio del Trabajo que resulte competente por distribución, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZA,
DRA. GRICELDA MARTÍNEZ CEDEÑO.-
LA SECRETARIA
GMC/dc.-