Sent 34-2017
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 21 de Febrero de 2017
206° y 158°
Recibida la anterior solicitud de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Poder Judicial del Estado Zulia, signada con el Nº 13736-2017 se le da entrada, y por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, fórmese expediente y numérese.- La ciudadana ALIDA JOSEFINA ZAMBRANO MONTESINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 19.073.181, asistida por las ciudadanas abogadas en ejercicio YOLY TERESA VÁSQUEZ Y MARIBEL MATOS SALON, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 112.284 y 112.245 respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, solicita se le declare suficientes los derechos que tiene ella, y su hermano, como Únicos y Universales Herederos del causante HEBERTO ANTONIO ZAMBRANO BARBOZA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.530.531 y falleciera en fecha 18 de Diciembre de 2016, en Jurisdicción de la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia.- La solicitante acompaña los siguientes documentos:1)Copia Certificada de Acta de defunción; 2) Justificativo de testigos evacuado por ante la Notaria Novena de Maracaibo 3) Copias de cédula; 4) Copias certificadas de Acta de Nacimiento.- Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos, ALIDA JOSEFINA ZAMBRANO MONTESINO y ESTIVEN ALBERTO ZAMBRANO MONTESINO titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 19.073.181 y V- 20.688.208 respectivamente, como Únicos y Universales Herederos del causante HEBERTO ANTONIO ZAMBRANO BARBOZA. .- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente y expídanse las copias certificadas solicitadas.-
La Juez

Abog. Maria Idelma Gutiérrez
El Secretario

Abog. Gastón González U

En la misma fecha se devuelve constante de catorce (14) folios útiles y se dejó copia certificada para formar expediente Nº Sol.1678-2017, y se expidieron las copias certificadas solicitadas.-
El Secretario

Abog. Gastón González U
MIGV/GGU/ndcd.-