REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA
La Asunción, Nueve (09) de Febrero de 2017
Años 206° y 157°

Vencido como está el lapso de evacuación de pruebas en la presente causa, este Juzgador actuando en su condición de Director del Proceso debe impulsar de oficio la causa hasta su conclusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil y en aras de garantizar a las partes intervinientes en el presente juicio la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordena fijar la celebración de la Audiencia Probatoria, para el día viernes Veinticuatro (24) de Febrero de 2017, a las 10:00 de la mañana, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 222 y siguientes de la Ley de Tierras de Desarrollo Agrario. Cúmplase.-

EL JUEZ


ABG. JORGE HUERTA POLIDOR

EL SECRETARIO


ABG. WILDEL MARCANO GONZÀLEZ





EXP. Nº A-0039-16
JHP/Wmg.-