REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Viernes Diecisiete (17) de Febrero de Dos Mil Diecisiete
206º y 157º
ASUNTO : VP01-L-2017-000802
Vista la diligencia presentada por el APODERADO JUDICIAL de la parte demandante Abogado WILMER NAVARRO debidamente identificado en dicha diligencia, y mediante la cual en nombre de su representado DESISTE DEL PROCEDIMIENTO de la demanda que tiene intentada en contra de la entidad de trabajo JESÚS ENRIQUE ATELIER, C.A. continuando el procedimiento con el demandado a titulo personal Ciudadano JESUS ENRIQUE CAÑA ROMERO en el estado en que se encuentra la causa; este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con vista de la verificación de las facultades contenidas en el poder otorgadas por el accionante al dligenciante, entre ellas las de CONVENIR, TRANSIGIR Y DESISTIR; conforme a los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO solicitado con relación a la demandada Sociedad Mercantil JESÚS ENRIQUE ATELIER, C.A.; impartiéndole su aprobación y pasándolo en autoridad de cosa juzgado, y declarando terminado el presente procedimiento con relación a la antes mencionada entidad de trabajo, continuando el procedimiento con el demando o a titulo personal, y por cuanto se observa que este último se encuentra debidamente notificado, como un acta de ordenación procesal se imparte instrucciones a la coordinación de secretaría para que proceda a certifique la exposición del funcionario en cargado de practicar la exposición, a los efectos de que se instale la audiencia preliminar. Así se decide.
El Juez.
Abog: Alfredo García López La Secretaria.
Aboga. Jhosmary Bracho
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