ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016-001006
PARTE ACTORA: JAILIN CHIQUINQUIRA SIERRA ALVAREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JORGE DAVILA, YOJAINER SIERRA ALVAREZ
PARTE DEMANDADA: COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA H Y L, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Carlos Colmenarez
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,21 de Febrero de 2017, siendo las 11:06 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA H Y L, C.A. y JAILIN CHIQUINQUIRA SIERRA ALVAREZ en su carácter de parte demandada y actora respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de trescientos veinticinco mil Bolívares (Bs.325.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregado a la ciudadana extrabajadora, por ante el tribunal de la siguiente manera: el día 1 de Marzo de 2017 la cantidad de ciento sesenta y dos mil quinientos Bolívares (Bs. 162.500,00) y para el día 8 de Marzo de 2017 la cantidad de ciento sesenta y dos mil quinientos Bolívares (Bs. 162.500,00), para completar lo ofrecido y aceptado. En este estado el apoderado actor aceptó lo ofrecido libre de presión y con facultades para tal fin. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes