REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (9) de Febrero de Dos Mil dieciséis (2016)
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016-001247
PARTE ACTORA: JOSE LUIS BARRETO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JORGE FERNANDEZ
PARTE DEMANDADA: SAN MIGUEL VIGILANCIA Y PROTECCION DE PROPIEDADES R.S
ABOGADO ASISNTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: VICTOR PETIT
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 9 de Febrero de 2016 día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el abogado JORGE FERNANDEZ inpreabogado numero 31.801 actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano JOSE LUIS BARRETO y SAN MIGUEL VIGILANCIA Y PROTECCION DE PROPIEDADES R.S empresa ates representada por el ciudadano GILMERT ENRIQUE GODOY HERNANDEZ identificado con la cedula de identidad numero V-10.442.259 actuando en su condición de coordinador de la demandada asistido por el abogado inpreabogado VICTOR PETIT numero 224.392, dándose así inicio a la audiencia, las partes han llegado a un acuerdo el cual es consignado en 3 folios y copia del cheque agregándose a las actas que conforman el presente asunto, la representación judicial del trabajador manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas las pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se proveen las copias certificadas, se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes y se ordena el archivo definitivo del presente asunto.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alexis Figueroa
Los Presentes
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