REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, catorce de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º
ASUNTO: VP21-L-2016-000322
Parte Actora: EUFRACIO DOMINGO LEAL GOMEZ, Venezolano, mayor de edad, identificado con cédula de identidad N° V.-5.993.293, con domicilio en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia.
Apoderados Judiciales
de la parte actora: No compareció apoderado Judicial alguno.
Parte Demandada: Sociedad Mercantil VIGILANCIA Y SEGURIDAD LOS ANDES, C.A. (VISYLA), ubicada en la Avenida 9B con Calle 60B, Quinta 60B-11, Sector Pueblo Nuevo, Jurisdicción del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.
Apoderados Judiciales
de la parte demandada: TATIANA MARGARITA MUÑOZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 96.070.
Motivo: Prestaciones Sociales y otros conceptos
Hoy, 14 de febrero de 2017, día y hora fijado para que tenga lugar la Apertura de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de que compareció en representación de la parte demandada Sociedad Mercantil VIGILANCIA Y SEGURIDAD LOS ANDES, C.A. (VISYLA), por medio de su apoderado judicial abogada en ejercicio TATIANA MARGARITA MUÑOZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 96.070, de igual forma se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a dicha audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Abg. MARIA AUXILIADORA CUBA VARELA
JUEZ 3ro SME.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
Abg. OMAIRA CASTILLO PEREZ
SECRETARIA JUDICIAL
MACV/ macv.
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