REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintisiete (27) de enero de dos mil diecisiete (2017).
206º y 157º
No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016 - 1218
PARTE ACTORA: ISIDRO SEGUNDO URDANETA MACHADO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ANA KARINA FERRER
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES CLIPPER SHIP, C.A. (CLIPERSHIP C.A.).
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ANDREA VERONICA CHAVEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Vista y revisada como ha sido el acta transaccional presentada por ante la U.R.D.D., de este Circuito Judicial Laboral, la cual se da por reproducida en su totalidad, donde comparecieron la parte actora ciudadano ISIDRO SEGUNDO URDANETA MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 6.599.156, debidamente asistido por la abogada ANA KARINA FERRER, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 121.013, por una parte, y por la otra la parte demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES CLIPPER SHIP, C.A. (CLIPERSHIP C.A.)., representada por su apoderada judicial abogada ANA VERONICA CHAVEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 155.369, donde se evidencia que la parte actora reclama en su libelo de demanda la cantidad de BsF. 822.592, 10, por todos los conceptos reclamados; seguidamente consta que en aras de resolver sus diferencias luego de la exposición de sus posiciones, la parte demandada INVERSIONES CLIPPER SHIP, C.A. (CLIPERSHIP C.A.)., ofreció a la parte actora ciudadano ISIDRO SEGUNDO URDANETA MACHADO, ya identificado, la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES FUERTES (BsF. 480.000, 00), lo cual fue aceptado por el ex trabajador y su abogado asistente, y recibido mediante cheque girado en contra del Banco BOD, signado con el No. 32002336, de fecha 10 de noviembre de 2016, el cual fue recibido por el ex trabajador. Ahora bien, en vista de que la transacción reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras; 10 y 11 del Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este TRIBUNAL DÉCIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada, se da por terminado el proceso, y se ordena el archivo definitivo del expediente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
EL JUEZ
ABOG. JOSE SOTO ASPRINO
LA SECRETARIA
ABOG. MARIA NAVEDA
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