Por los fundamentos antes expuestos:
Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por el ciudadano EDWIN ELIAS PAZ PADILLA, en contra de la ciudadana CORINA DEL CARMEN SOTO DIAZ plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 30 de marzo de 1990, por ante la Registradora Civil y Secretario de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Autónomo de Maracaibo del Estado Zulia, Acta No. 91.-
Dejándose constancia expresa que la parte actora manifestó que durante su unión matrimonial con la ciudadana CORINA DEL CARMEN SOTO DIAZ, procrearon hijos quienes llevan por nombres EDITH CAROL PAZ SOTO, EDIANY KARINA PAZ SOTO y EDWIN JOSE PAZ SOTO, venezolanos, mayores de edad. Asimismo manifestó que adquirieron bienes que repartir.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los catorce (14) días del mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017). Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.
La Juez,


Abog. Maria Idelma Gutiérrez Villarreal
El Secretario Temporal,

Abog. Erwing Omar Chacón F.-

En la misma fecha, siendo las tres (03:00 p.m.) de la tarde se dictó y publicó la anterior decisión.-

El Secretario Temporal,

Abog. Erwing Omar Chacón F.-

Exp. 3054-2017
MIGV/EOCF/FAML.-