ACTA DE INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR Y DE MEDIACIÓN

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2017-001144
PARTE ACTORA: ALEXIS JOSÉ MARTÍNEZ ARREVILLA
PODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ASISTIDO POR EL ABOGADO CARLOS ENRIQUE THOMPSON PAZ
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANIL EXPRESOS AERONASA, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADO VALMORE BARRERA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, Miércoles Seis (6) de Diciembre de 2017, siendo las Once y Treinta minutos de la mañana (11:30am), con visto a lo solicitado por las partes intevinientes con el asesoramiento de sus Abogados asistentes, y proveído como fue mediante auto de esta misma fecha, se dio INICIO a la Audiencia Preliminar, en la que comparecieron a la misma el Ciudadano ALEXIS JOSÉ MARTÍNEZ ARREVILLA en su carácter de parte demandante, debidamente ASISTIDO por el ABOGADO CARLOS ENRIQUE THOMPSON PAZ titular de la cedula de identidad N° V- 7.799.350; e inscrito en el impreabogado bajo el N° 42.550, por una parte, y por la otra el Ciudadano ABOGADO VALMORE BARRERA en su carácter de APODERADO JUDICIAL de la demandada Sociedad Mercantil EXPRESOS AERONASA, S.A., debidamente identificado en instrumento poder que en obra e actas. En este estado, identificada las partes y sus ABOGADOS ASISTENTES, quienes mediante diligencia que se dio por recibida solicitaron al tribunal se instale la Audiencia Preliminar renunciando a los lapsos procesales por cuanto han llegado a un ACUERDO TRANSACCIONAL DE PAGO.

Ahora bien, este tribunal viendo lo solicitado por las partes y proveído como ha sido mediante auto, se da inicio a la audiencia preliminar instándolos a hacer uso de los modos alternos de solución de conflictos a fin de de llegar a un acuerdo y dar por solucionado la reclamación planteada; y en ese sentido las partes y sus apoderadas judiciales y la actuación pro- activa del Ciudadano Juez que presidio la audiencia, intervinieron de manera objetiva en la defensa de sus derechos e intereses, en la cual se escucharon propuestas y alternativas en el conflicto planteado, llegando a un ACUERDO TRANSACCIONAL DE PAGO con la intervención mediadora del Ciudadano Juez que preside este acto; y que se especifica en escrito que suscribieron en presencia del Juez con el asesoramiento de sus Abogados asistentes, y que consignan constante de DOS (2) folios con sus vueltos, acompañados de UN (1) anexos, para que sean agregadas a la presente acta y surta sus efecto legales.

Ahora bien, visto el ACUERDO TRANSACCIONAL logrado y el PAGO efectuado en los términos expuestos producto de la MEDIACIÓN, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto el acuerdo logrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA DICHO ACUERDO TRANSACCIONAL Y CON ELLO EL PAGO, dándole el carácter de cosa juzgada y por terminado el presente procedimiento y ordenando archivar el expediente por cuanto no existe materia sobre la cual decidir. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Así se decide.

El Juez

Abog. ALFREDO GARCÍA LÓPEZ. La Secretaria.

Aboga. Lilisbeth Rojas.

Presentes