REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.- La Asunción 8 de Julio de 2.017.
207° y 158°.
Vista las diligencias de fecha 4 de Agosto de 2.017, suscrita por la abogada MILANGELA SOLEDAD VEGA URBANEJA, con inpreabogado nro. 98.155, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en donde solicita se revoque la designación del perito designado LUIS BARRIOS, y se procesa con la designación de un nuevo experto que cumpla con sus funciones, en virtud que el lapso para la consignación del informe pericial se encuentra vencido sin que el perito designado haya cumplido con su función. En consecuencia, este Tribunal, observa: De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se puede verificar, que en fecha 12 de Junio de 2.017, fue juramentado el único perito designado ciudadano LUIS BARRIOS, titilar de la cédula de identidad nro. 15.422.684, y el mismo solicitó un lapso de treinta (30) días continuos para la elaboración y consignación del informe pericial, emitiéndose su respectiva credencial, sin que hasta la presente fecha el referido perito haya cumplido con su labor de consignar el informe pericial. Como consecuencia de esto, este órgano jurisdiccional, y a los fines de evitar dilaciones en la ejecución de la sentencia definitivamente firme dictada, se REVOCA, el auto dictado por este Tribunal que designó como único experto al ciudadano LUIS BARRIOS titular de la cedula de identidad nro. 15.422.684, inscrito en el COVENTOP, bajo el nro. 2.249, y se deja sin efecto, el acta de fecha 12 de Junio de 2.017, en el cual el referido experto se juramento, así como su credencial. Así se decide.
Ahora bien, vista la anterior revocatoria, procede este Tribunal, a designar como UNICO EXPERTO, a los fines de proceder con el cumplimiento del particular SEGUNDO del fallo dictado en fecha 26 de Marzo de 2.013, al ciudadano Arquitecto RAUMEL RODIRGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 8.392.506, inscrito en el C.I.V., 68.734, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal, al tercer (3er), día de despacho siguientes, a la constancia en autos de la practica de su notificación, a las 10:00 horas de la mañana, a los fines de que manifieste su aceptación o excusa, al cargo que se le ha asignado y para el primero de los casos presten el juramento de Ley, en su oportunidad correspondiente. Líbrese boleta. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. CRISTINA BEATRIZ MARTINEZ,
LA SECRETARÍA,
ABG. ADELNNYS VALERA CARRILLO.
En esta misma fecha (8-8-2.017), se libró boleta de notificación ordenada en el anterior auto. Conste.
LA SECRETARÍA,
ABG. ADELNNYS VALERA CARRILLO.
Exp. Nro. 24.540.
CBM/AVC/Pg.