REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, VILLALBA, TUBORES Y PENÍNSULA DE MACANAO.

República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción
Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta

Porlamar, 26 de Abril de 2017
207° y 158°
Visto el anterior libelo de demanda y sus recaudos, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN presentado por el ciudadano JOSÉ JESÚS DUQUE NARANJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 26.082.529, actuando como Presidente de la Empresa Mercantil BAR RESTAURANT LA MILLONARIA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, bajo el N° 16, tomo III, de fecha 14/01/1993 y acta de asamblea de fecha 29/04/2008, bajo el N° 47, tomo 17-A, asistido por los abogados en ejercicio LUIS RAFAEL PERFECTO y MARLENIS DEL CARMEN MAITA HERNÁNDEZ, e inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 22.501 y 237.303, respectivamente; por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente se evidencia que la demanda fue estimada en la cantidad de TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 3.900.000,00), equivalentes a la cantidad de TRECE MIL UNIDADES TRIBUTARIAS ( 13.000 UT ) monto que excede el límite de competencia por la Cuantía asignada a este Despacho, se DECLINA LA COMPETENCIA, en los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, cuyo conocimiento corresponda de la presente causa, se remita el expediente, a tal efecto al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial. Líbrese oficio. Cúmplase.
EL JUEZ

DR. ALBERTO RAUSSEO VALDERRAMA
LA SECRETARIA

ABG. WINIFRED FRENDIN NOTA: En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA

ABG. WINIFRED FRENDIN

ARV/Wf/emsc
Exp .N° 2.292-17