REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
La Asunción, 25 de Abril de 2017
206º y 158º
ASUNTO: OP02-V-2016-000374
En atención al contenido de la diligencia suscrita por los ciudadanos JARRINSO ANTONIO PIÑANGO MORILLO y NORBELIS LICET COLINA CARRILLO, titulares de las cédulas de identidad números 15.603.344 y 16.832.302, asistidos del abogado DARWIN JOSE ACEVEDO SALAZAR, inpreabogado número 167.547, quienes exponen: “…para desistir del divorcio contencioso asunto OP02-V-2016-000374, y disolver el vinculo matrimonial de forma voluntaria...”; en tal virtud, y siendo que a tenor de lo dispuesto en la parte infine del encabezado del articulo 263 del referido Código, el Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, el cual se aplica por remisión expresa del articulo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, en uso de sus atribuciones acuerda:
PRIMERO: HOMOLOGAR el DESISTIMIENTO suscrito por los ciudadanos JARRINSO ANTONIO PIÑANGO MORILLO y NORBELIS LICET COLINA CARRILLO, titulares de las cédulas de identidad números 15.603.344 y 16.832.302, asistidos del abogado DARWIN JOSE ACEVEDO SALAZAR, inpreabogado número 167.547,. Así se decide.
SEGUNDO: Extinguida la instancia a tenor de lo previsto en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
TERCERO: CIERRE y ARCHIVO definitivo del presente asunto y su remisión al Archivo Regional para su custodia. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en La Asunción, a los veinticinco (25) días de abril de 2017. Años 206º de La Independencia y 158º de La Federación.
LA JUEZA
Carmen Milano Vásquez.
La Secretaría.
Josefina Moreno Salazar.
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