REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, cinco (5) de abril de dos mil diecisiete
206º y 157º
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016-001055
PARTE ACTORA: JOVANA LETICIA TORRES MENDOZA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CARLOS JURADO
PARTE DEMANDADA: BRACHO & NERY, C.A. (BRANERCA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN CAÑIZALEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy cinco (5) de Abril de 2017, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, presente el abogado JUAN CAÑIZALEZ con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BRACHO & NERY, C.A. (BRANERCA); se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 158 y 206.
El Juez
El Secretario
Marlene Rojas de Siu
Los Presentes