ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2017-000050
PARTE ACTORA: LUIS GUILLERMO ARRIETA MESTRE
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogadas NORA BRACHO y AMINTA ARRIETA, Inpreabogado N° 26.643 y 37.911 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: AMERICO PATTON ELECTRONIC, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Andrés Vargas, Inpreabogado N° 105.485.
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy, 28 de Abril de 2017, siendo las 9:32 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen las apoderadas judiciales abogadas Nora Bracho y Aminta Arrieta en representación del demandante y AMERICO PATTON ELECTRONIC, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representa por el apoderado judicial abogado Andrés Vargas, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 02/05/17 en la sede del Tribunal al demandante la cantidad de novecientos cincuenta mil bolívares (Bs. 950.000,00) con este pago se dan por satisfechos los conceptos reclamados en el libelo de demanda y que damos por reproducidos en la presente acta. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivarlo hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y sus respectivos anexos consignados en la audiencia preliminar.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria
Los Presentes:
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