ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016-000779

PARTE ACTORA: ADAN ENRIQUE LIZARZABAL

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogados JUAN DIEGO BARROSO, ERWIN MOSCARELLA y RoxanaDíaz, Inpreabogados N° 182.862, 253.145 y 205.919 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: SERENOS LOS CEDROS, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Daniel Alvarado, Inpreabogado N° 113.404.

MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 18 de Abril de 2017, siendo las 10:36 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano ADAN ENRIQUE LIZARZABAL en su carácter de parte actora asistido por los abogados Erwin Moscarella y Juan Barroso y SERENOS LOS CEDROS, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por el abogado Daniel Alvarado, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 19/05/17 en la sede del Tribunal al demandante la cantidad de trescientos nueve mil bolívares (Bs. 309.000,00), con este pago se dan por satisfechos los conceptos reclamados en el libelo de demanda y que damos por reproducidos en esta acta. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivarlo hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y los respectivos anexos consignados.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: