TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, 26 de Septiembre de 2016
205º y 157º
Sentencia N°. 165-2016
Recibido: Désele entrada. Fórmese pieza. Numérese y en aplicación a la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 2 de abril de 2009, mediante el cual atribuye a los Juzgados de Municipios el conocimiento de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas y adolescente, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio y en cualquier otro de semejante naturaleza; este Tribunal la admite en cuanto a lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley.- Comparece el ciudadano JOSE RAFAEL BERMUDEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 3.512.801 y domiciliado en el Municipio Jesús Enrique Losada del Estado Zulia, debidamente asistido por la profesional del derecho, ciudadana NANCY MARIA VILLALOBOS FERNANDEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°. 24.732, de igual domicilio, quien solicita se le declare a él y a los ciudadanos LUIS ALBERTO BERMUDEZ GONZALEZ, GLADIS MARGARITA BERMUDEZ GONZALEZ, EMILIA JOSEFA BERMUDEZ GONAZALEZ, LEONARDO ANTONIO BERMUDEZ GONZALEZ, DANNILO DE JESUS BERMUDEZ GONZALEZ, TAMAIWA CRISTINA BERMUDEZ BARROSO, MIGUEL BERMUDEZ BARROSO y ZOE DEL CARMEN BERMUDEZ BARROSO como Únicos y Universales Herederos de la causante NELLY ROSENDA BERMUDEZ GONZALEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V- 4.994.333, quien falleció Ab-Intestato en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día veintinueve (29) de junio de 2015. La mencionada solicitud fue acompañada de los siguientes documentos: 1) copias certificadas de las actas de defunción de NELLY ROSENDA BERMUDEZ GONZALEZ y MIGUEL ANGEL BERMUDEZ GONZALEZ , emitidas por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Estado Zulia, Municipio Maracaibo, Parroquia Coquivacoa y Parroquia Chiquinquirá, respectivamente; 2) copias certificadas de las partidas de nacimiento; 3) Justificativo de testigo evacuado por ante la Notaría Pública del Municipio Jesús Enrique Lossada de fecha ocho (08) de septiembre de 2016 y 4) copias certificadas de datos filiatorios y 5) copias de las cédulas de identidad.- Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos JOSE RAFAEL BERMUDEZ GONZALEZ, LUIS ALBERTO BERMUDEZ GONZALEZ, GLADIS MARGARITA BERMUDEZ GONZALEZ, EMILIA JOSEFA BERMUDEZ GONZALEZ, LEONARDO ANTONIO BERMUDEZ GONZALEZ, DANNILO DE JESUS BERMUDEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números, 3.512.801, 5.162.050, 5.069.254, 5.037.691, 5.823.932, 5.805.545, en su condición de hermanos; y a los ciudadanos TAMAIWA CRISTINA BERMUDEZ BARROSO, MIGUEL BERMUDEZ BARROSO y ZOE DEL CARMEN BERMUDEZ BARROSO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números, 17.183.694, 20.438.498 y 20.438.500, por derecho de representación de su padre, MIGUEL ANGEL BERMUDEZ GONZALEZ, como Únicos y Universales Herederos de la causante NELLY ROSENDA BERMUDEZ GONZALEZ.- Así se decide. Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar la solicitud e igualmente se ordena expedir copia certificada de la misma y entregar al solicitante.-
La Juez,

Abog. MARÍA IDELMA GUTIÉRREZ V.
El Secretario,

Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA
En la misma fecha se devolvió constante de veintiséis (26) folios útiles y se dejó copia certificada de la solicitud N° 1.624-2016.-
El Secretario,

Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA
MIG/GGU/ya
Solic. N°. 1.624-2016