REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial con Competencia en DVM. Edo. Zulia. Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio. Edo. Zulia.
Maracaibo, 14 de Septiembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : VP02-S-2009-001773
ASUNTO : VP02-S-2009-001773
RESOLUCION Nº: 057-2016
LA JUEZA PROFESIONAL: ABG. CAROLINA MOGOLLON SAAVEDRA
LA SECRETARIA: ABG. YOLANDA VILLASMIL
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALIA TERCERA DEL MINISTERIO PUBLICO, ABOG. ANA GONZALEZ
ACUSADO: JHONEL VILLALOBOS NEGRETTE, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-16.606.938, DOMICILIADO EN LAS RESIDENCIAS LAS “LAJAS BLANCAS” EDIFICIO B-02 CRISTAL, MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, TELEFONO: 0414-380.8626.-
DEFENSA PÚBLICA PRIMERA: ABG. RAFAEL SOTO
DELITO (S): VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los Artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.-
VICTIMA: IRIS IRAIDA VILLALOBOS VILLALOBOS.-
DE LA AUDIENCIA DE PRESENTACION DEL ACUSADO
En el día de hoy, miércoles catorce (14) de septiembre del 2016, siendo las 02:00 PM, constituido este Tribunal de Violencia Contra las Mujeres, en Funciones de Juicio a los fines de celebrar la presentación de acusado por orden de aprehensión, en el presente asunto signado con el No. VP02-S-2009-001773, seguido contra el ciudadano JHONEL VILLALOBOS NEGRETTE, por encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito de: VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los Artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana IRIS IRAIDA VILLALOBOS VILLALOBOS. Se constituye este Tribunal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la Sala de Juicio destinada para tal fin, ubicada en la planta baja del Edificio Sede del Palacio de Justicia, en la Avenida 15 las Delicias diagonal al Diario Panorama, presidido por la JUEZA DE JUICIO, DRA. CAROLINA MOGOLLON SAAVEDRA, en compañía del Secretario de Sala ABOGADA YOLANDA VILLASMIL. Acto seguido, la Jueza de Juicio, solicitó al Secretario que verificara la presencia de las partes, manifestando éste que se encontraban presentes en la Sala de Juicio: La Representante de la Fiscalía 03, ABG. ANA GONZALEZ, el acusado de actas JHONEL VILLALOBOS NEGRETTE y la DEFENSA PUBLICA ejercida por el abogado ABG. RAFAEL SOTO. Se deja constancia de la Incomparecencia de las victima de autos, ciudadana: IRIS IRAIDA VILLALOBOS VILLALOBOS EJERCIENDO EL MINISTERIO PÚBLICO SU REPRESENTACIÓN EN ESTE ACTO. Acto seguido, se cede la palabra a la ABG. ANA GONZALEZ EN COLABORACIÓN CON LA FISCALA 3 DEL MINISTERIO PÚBLICO, quien manifiesta al Tribunal: “presento y pongo a disposición al ciudadano JHONEL VILLALOBOS NEGRETTE, sobre el cual pesaba una orden de aprehensión bajo RESOLUCIÓN Nº 053-2016, DE FECHA 24-08-2016 Y OFICIO 0962-2016 por lo que solicito se fije audiencia de juicio oral de conformidad a lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y se notifique a la victima de autos, a los fines de que la misma comparezca si así es su voluntad para que sea escuchada en su cualidad de víctima asimismo solicito se mantenga la libertad plena del acusado de autos. Es todo”. ACTO SEGUIDO EXPONE EL DEFENSOR PUBLICO ABG. RAFAEL SOTO “Una vez revisadas las actas y escuchada la exposición del ministerio Público esta defensa solicita se deje sin efecto la orden de aprehensión librada en contra de mi defendido y se restituya la medida cautelar, siendo que este se compromete a acudir a la audiencia respectiva en el día y la hora fijada por este tribunal, y se le expida una copia certificada del oficio dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas donde se deja sin efecto la orden de aprehensión. Es todo”. ACTO SEGUIDO, la Jueza Dra. CAROLINA MOGOLLON SAAVEDRA, se dirigió al acusado y le solicitó que se pusiera de pie, lo impuso del contenido de los Preceptos Constitucionales previsto en el numeral y 5 del Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y le explicó el juez al imputado los hechos que se le imputan. Quien se identifico como JHONEL VILLALOBOS NEGRETTE, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-16.606.938, DOMICILIADO EN LAS RESIDENCIAS LAS “LAJAS BLANCAS” EDIFICIO B-02 CRISTAL, MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, TELEFONO: 0414-380.8626, quien expone: “me acojo al precepto constitucional, es todo.” En este estado el Tribunal hace los siguientes pronunciamientos, PRIMERO: Se MANTIENE LA LIBERTAD PLENA DEL ACUSADO DE AUTOS. SEGUNDO: Se ORDENA DEJAR SIN EFECTO la ORDEN DE APREHENSIÓN, librada bajo RESOLUCIÓN Nº 053-2016, DE FECHA 24-08-2016 Y OFICIO 0962-2016. Se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a los fines de que excluyan de pantalla al acusado de autos; y TERCERO: Se fija como fecha para la realización de la Audiencia de Juicio Oral el día TRECE (13) DE OCTUBRE DE 2016. A LAS DIEZ (10) HORAS DE LA MAÑANA. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en Audiencia Oral y Pública efectuada el día de hoy, dando cumplimiento a los principios rectores y de las garantías previstos en el Código Orgánico Procesal Penal para la realización de un Juicio Previo y un Debido Proceso, así como también observando las formalidades de Ley, este Tribunal en forma Unipersonal, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se MANTIENE LA LIBERTAD PLENA DEL ACUSADO DE AUTOS. SEGUNDO: Se ORDENA DEJAR SIN EFECTO la ORDEN DE APREHENSIÓN, librada bajo RESOLUCIÓN Nº 053-2016, DE FECHA 24-08-2016 Y OFICIO 0962-2016. Se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a los fines de que excluyan de pantalla al acusado de autos; y TERCERO: Se fija como fecha para la realización de la Audiencia de Juicio Oral el día TRECE (13) DE OCTUBRE DE 2016. A LAS DIEZ (10) HORAS DE LA MAÑANA. ASÍ SE DECLARA. Se ordena notificar a la víctima. Terminó, Se leyó y conformen firman.
LA JUEZA PRIMERA EN FUNCIONES DE JUICIO
DRA. CAROLINA MOGOLLON SAAVEDRA
LA SECRETARIA
ABG. YOLANDA VILLASMIL
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