REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal CUARTO de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 30 de Septiembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2014-003402
ASUNTO : NP01-P-2014-003402
En fecha 18/07/2016, siendo las 09:20 horas de la mañana, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio presidido por la Jueza titular ABG. DORIS MARIA MARCANO, apertura la respectiva AUDIENCIA ORAL y PÚBLICA, para llevar a cabo el JUICIO, de los acusados FREDDY ALEXANDER PARABABITH, FERNADO JOSE WILLIAM ALCOCER y MARTIN EMILIO FRANCO TANGARIFE, por la presunta comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, compareciendo la Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público: ABG. LERIDA RODRIGUEZ, LA Defensa Privada ABG. FRANK GARCIA DIAZ, celebrando DOS (02) audiencias por parte de la referida Juez ABG. DORIS MARIA MARCANO, en fecha 11/08/2016, se altero el orden de las pruebas, se incorpora por su lectura EXPERTICIA BOTANICA 9700-079-088, inserta al folio N° 29 de la Fase Investigativa, se suspendió y fijo nuevamente para el día 22/08/2016, fecha en la cual no hubo despacho, razón por la cual se difiere para el día 30 de Agosto de 2016, y siendo que en fecha 29/08/2016, toma posesión del cargo de Juez Suplente la ABG. LISBETH RONDON, a los fines de suplir a la Juez titular de este despacho, por reposo medico de ocho (8) días y disfrute de vacaciones, del periodo 2014-2015, lo procedente para quien suscribe es declarar Interrumpido el Debate Oral y Público en el presente asunto, con base a lo tipificado en el artículo 315 en relación al artículo 320 del nuestra norma adjetiva penal, es decir principio de inmediación en el presente debate Oral, tal y como lo prevé el encabezamiento del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, que señala: “Artículo 315. (omissis)…El Juicio se realizará con la presencia ininterrumpida de los jueces y de las partes …”. En consecuencia y fijar nueva fecha para celebración del Juicio Oral.
DISPOSITIVA
En mérito de lo que antecede este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal En Función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Monagas, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: INTERRUMPIDO EL DEBATE ORAL Y PUBLICO en el presente asunto, en virtud de que se perdió el Principio de Inmediación tal y como lo prevé el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal se mantiene en el conocimiento del presente asunto, y en consecuencia se FIJA Juicio Oral y Publico para el día JUEVES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2016, A LAS 09:30 HORAS DE LA MAÑANA. Se Ordena librar notificaciones a las partes. Cúmplase.-
ABG. EUMELYS FIGUERA DE GIL
El Secretario