REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 23 de Septiembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2016-005774
ASUNTO : NP01-P-2016-005774
DESESTIMACION DE DENUNCIA

Corresponde a este tribunal pronunciarse en relación a la presente causa, en la cual la Fiscalía Tercera Ministerio Público del Estado Monagas, solicitó la DESESTIMACION de la misma, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal; observándose al respecto:
En fecha 31-08-2015, comparece ante la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, de la ciudadana ROJAS MOROCOIMA FRANCISCO JOSE, quien expuso que esta recibiendo mensajes de texto donde le dicen que calcule bien por donde camina y cuida por donde pisas bruja….dios te agarre confeso maldito tu pesadilla esta por comenzar …”.-
Del estudio de la causa, se evidencia entonces, que los hechos denunciados no se subsumen en tipo penal alguno, es decir no reviste carácter penal, por ser solo de Instancia de PARTE AGRAVIADA, razones por las cuales este Tribunal considera procedente en el presente caso la solicitud de Desestimación interpuesta por Fiscalía del Ministerio Público del Estado Monagas.-

En base a lo anterior, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadales y Municipales en lo Penal en función de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la DESESTIMACION DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con los Artículos 283 y 284 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.-

La presente decisión, tendrá como efecto la devolución de la presente actuación al Despacho Fiscal, quien deberá archivarlas.-
Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes y déjese copia certificada en los archivos del Tribunal.
El Juez

ABG. ODULIA RUIZ BELMONTE
El Secretario