ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016-000682
PARTE ACTORA: GREISY DEL CARMEN PINEDA ALBORNOZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GUILLERMO ROMERO
PARTE DEMANDADA: RANGER DEL ZULIA, C.A (RANZUCA) y JOSE HERNAN RANGEL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: HERNAN RANGEL
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el día hábil de hoy, 28 de Septiembre de 2016, siendo las 3:12 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen, por ante este tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, la ciudadana, GREISY DEL CARMEN PINEDA ALBORNOZ, en compañía de su apoderado judicial Abg. Guillermo Romero, inscrito por ante el Inpreabogado bajo el No. 158.424, así mismo comparece RANGER DEL ZULIA, C.A (RANZUCA), a través de su apoderado judicial Abg. Hernán Rangel, inscrito por ante el Inpreabogado bajo el No. 266,474 según poder acreditado en actas procesales. Seguidamente las partes haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflictos con la intervención mediadora de este juzgador , han llegado al siguiente acuerdo. La parte demandada para dar por terminado el presente asunto ofrece en este acto a la parte actora la cantidad 95.813 Bolívares, pagados mediante cheque del Banco Nacional de Crédito, No. 70602211.Seguidamente toma la palabra la parte actora y manifiesta libremente y sin constreñimiento alguno que acepta la cantidad de 95 .813 Bolívares, con el presente pago no tengo nada mas que reclamar a la demandada de los conceptos esgrimidos en la presente demanda, todo con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, se da por terminado el asunto y se ordena el archivo definitivo de la presente causa. Se hace entrega a las partes de los instrumentos probatorios consignados anteriormente.


El Juez



Abg. Federico Rodríguez Petit





Los Presentes La Secretaria.