REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial con Competencia en DVM Tribunales de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, 26 de Octubre de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : OP01-S-2014-002382
ASUNTO : OP01-S-2014-002382


EJECUTESE DE SENTENCIA
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El tribunal publica el auto de ejecución de sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 471 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal, con los fundamentos que seguidamente se establecen.

Antecedentes

El 09-08-2016, el Tribunal de Control 01 del Circuito Judicial Competente en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Bolivariano Nueva Esparta, publica el texto íntegro de la sentencia que CONDENA al acusado FRANK JOSE GOMEZ LEON, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, fecha de nacimiento 22-04-1975, de 41 Años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.223.845, Residenciado en Calle Doña Isabel, casa S/N, de color Azul, con rejas blancas, cerca del Comando de la Guardia Nacional, Porlamar, Municipio Mariño . Teléfono: 0426-7873147; a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA; previsto y sancionado en el artículos 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia; en agravio de la ciudadana MARIA DEL VALLE ROMERO GOMEZ.

El 05-10-2016, el prenombrado Tribunal acuerda la remisión de las actuaciones para ser distribuidas al tribunal de ejecución.
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Motivación para decidir

Al revisar las actuaciones se observa que el precitado penado nunca ha sido aprehendido por los hechos a que se contrae el presente Asunto Penal, faltándole por cumplir la totalidad de la pena impuesta.

Conforme lo previsto en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece entre otras cosas, que las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de libertad, se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria, se observa en el presente caso, que previo cumplimiento de los requisitos de Ley, el penado podrá optar a la Suspensión Condicional de Ejecución de la Pena, establecida en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable supletoriamente por disposición del artículo 67 de la Ley Espaciel, por estar condenado a cumplir pena que no excede los cinco (5) años.



Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Única de Ejecución del Circuito Judicial Competente en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Bolivariano Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Ejecuta la pena impuesta al PENADO FRANK JOSE GOMEZ LEON, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, fecha de nacimiento 22-04-1975, de 41 Años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.223.845, Residenciado en Calle Doña Isabel, casa S/N, de color Azul, con rejas blancas, cerca del Comando de la Guardia Nacional, Porlamar, Municipio Mariño . Teléfono: 0426-7873147; CONDENADO a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículos 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia; en agravio de la ciudadana MARIA DEL VALLE ROMERO GOMEZ. SEGUNDO: Se establece que el penado puede OPTAR A SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con el articulo 482.1 del Código Orgánico Procesal Penal por no exceder la pena de cinco (05) años de prisión. Ofíciese a la Coordinación de Antecedentes Penales con copia certificada de la sentencia definitiva, a los fines de que sean remitidos a este juzgado los antecedentes penales del mismo. TERCERO: A los fines de imponer al Penado del EJECUTESE DE SENTENCIA, se ordena su citación para el 11-11-2016 A LAS 11:30 A.M. Notifíquese a Defensa y fiscalía. Cúmplase.



ABG. ARLENIS OLAIDA LARA GALAVÍS
Jueza del Tribunal de Ejecución DVM


ABG. ANNORYS DEL VALLE BOADA
Secretaria