REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, siete (07) de octubre de 2016
206° y 157°

Expediente No.3420

Consta en las actas que:

Que en fecha veintidós (22) de octubre de 2015, este Tribunal decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS, propuesta por los ciudadanos ALEXY GERARDO MONTIEL ALFONSO y VIRGINIA ELENA VELASQUEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-19.907.675 y V-20.438.688, respectivamente, domiciliados en el Municipio San Francisco del estado Zulia, asistidos por la profesional del Derecho DORIS DALILA ATENCIO MORILLO. inscrita en el inpreabogado bajo el No. 207.168.
En fecha 20 de junio de 2016, los ciudadanos ALEXY GERARDO MONTIEL ALFONSO y VIRGINIA ELENA VELASQUEZ GONZALEZ, antes identificados, asistidos por la prenombrada abogada consigna escrito mediante el cual solicita la conversión en divorcio, alegando haber transcurrido más de un (1) año sin que se hubiere operado entre ellos reconciliación alguna.
El día 20 de septiembre de 2016, éste Tribunal ordenó librar la boleta de notificación así del FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO ESPECIALIZADO EN MATERIA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y FAMILIA DEL ESTADO ZULIA, constando en actas la notificación el día veintinueve (29) de septiembre de 2016.
El Tribunal para decidir, observa:
Cumplida como fue la tramitación ordenada en el artículo 185 del Código Civil y por cuanto consta en actas que desde que fue decretada la Separación de Cuerpos propuesta por los cónyuges ciudadanos ALEXY GERARDO MONTIEL ALFONSO y VIRGINIA ELENA VELASQUEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-19.907.675 y V-20.438.688, respectivamente, domiciliados en el Municipio San Francisco del estado Zulia, hasta el día que fuera solicitada la conversión en divorcio, ha transcurrido más de un (1) año, sin que haya operado entre ellos reconciliación alguna, y no habiendo oposición a la presente causa, concluye este Sentenciador que la presente solicitud de conversión en divorcio debe prosperar en derecho. ASÍ SE DECIDE.

Por los fundamentos expuestos:

Este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos ALEXY GERARDO MONTIEL ALFONSO y VIRGINIA ELENA VELASQUEZ GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-19.907.675 y V-20.438.688, respectivamente, domiciliados en el Municipio San Francisco del estado Zulia, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día quince (15) de octubre de 2014, ante la jefatura civil parroquial de San Francisco del municipio San Francisco del estado Zulia, según Acta de Matrimonio signada con el Nº 53.
Según manifestación expresa de los cónyuges durante la vigencia matrimonial no procrearon hijos, ni adquirieron bienes a repartir.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo en el Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo a los siete (07) días del mes de octubre de 2016. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
EL JUEZ


Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA



EL SECRETARIO



Abg. LEONARDO ESPINA MORALES



En la misma fecha siendo la una de la tarde (1:00 pm), se dictó y publicó la sentencia definitiva que antecede, quedando anotada bajo el No.94 -2016

EL SECRETARIO


Abg. LEONARDO ESPINA MORALES


EPT/kiff