Sent178-2016
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo,
07 de Octubre de 2016
206° y 157°
Recibida la anterior solicitud de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Poder Judicial del Estado Zulia, signada con el Nº 11957-2016 se le da entrada, y por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, fórmese expediente y numérese.- La ciudadana YEILA ARISMER CORTEZ PORTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.581.511 actuando en nombre propio, asistida por la ciudadana abogada en ejercicio MARIA PATRICIA PRIETO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 77.733, domiciliadas en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, solicita se le declare suficientes los derechos que tiene ella, como Única y Universal Heredera del causante ARISTIDES CORTEZ, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.921.196 y falleciera en fecha 29 de Julio de 2016, en Jurisdicción de la Parroquia Ambrosio, del Municipio Cabimas del Estado Zulia.- La solicitante acompaña los siguientes documentos:1) Copia Certificada de Acta de defunción; 2) Copia Certificada de Acta de nacimiento; 3) Copias de cédula; 4) Justificativo de Testigos por ante la Notaría Pública Primera de Cabimas en fecha 03 de Octubre de 2016.- Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tiene la ciudadana YEILA ARISMER CORTEZ PORTILLO, como Única y Universal Heredera del causante ARISTIDES CORTEZ. .- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente y expídanse las copias certificadas solicitadas.-
La Juez
Abog. Maria Idelma Gutiérrez
El Secretario
Abog. Gastón González U
En la misma fecha se devuelve constante de nueve (09) folios útiles y se dejó copia certificada para formar expediente N° Sol.1629-2016, y se expidieron las copias certificadas solicitadas.-
El Secretario
Abog. Gastón González U
MIGV/GGU/SJSL.-
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