TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA. La Asunción, Veinte (20) de Octubre de Dos Mil Dieciséis (2016).-

206° y 157°

Vista la anterior diligencia, suscrita por la ciudadana Abogada YANIDA MERCEDES AGUILAR HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad e inscrita con el Inpreabogado Nº 221.474, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano NESTOR ROMAN ESCOBAR RAMOS domiciliado en la Vía Principal Playa Guacuco, Sector Catalán, casa Nº 19-21, Atamo Norte, Municipio Arismendi, Estado Nueva Esparta ; en donde desiste del procedimiento; en consecuencia este Tribunal en virtud del desistimiento, no haciéndose necesario el consentimiento de la parte contraria, el Tribunal le imparte su homologación y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo establecido en el Articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
LA JUEZ,

Abg. LISBETH VELÁSQUEZ ORDAZ.-

LA SECRETARIA,

Abg. LUISANDRA CAZORLA


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenando en el auto anterior. Conste. –
LA SECRETARIA,

Abg. LUISANDRA CAZORLA
Expediente. 2015-092
LVO/LICA/lica*.-