REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA
La Asunción, 11 de octubre de 2016
206° y 157°

Vista la diligencia de fecha 7 de octubre de 2016, suscrita por el abogado JEFFERSON D. RAMÍREZ, con Inpreabogado N° 185.140, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, a los fines de subsanar el error advertido, por cuanto fue reformada la demanda, siendo ello lo que ocasionó el error involuntario, que se deja sin efecto el auto y el despacho de embargo de fecha 02-5-2016, para lo cual se insta a la parte interesada a indicar el Tribunal que conoce la causa a los fines de participarle lo aquí decidido; y una vez conste en autos la indicación del Tribunal comitente, el Tribunal proveerá sobre la medida solicitada. Cúmplase.-

Expediente N° 25.229
CBM/avc/mcf.-