REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 18 de Octubre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2012-001760
ASUNTO : NP01-P-2012-001760
Obtenido del sistema Juris 2000 que al acusado EDUARD JOHAN CONTRERAS ROSENDO titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.841.889, se le siguen dos (2) asuntos penales ante esta Dependencia Judicial, a saber, NP01-P-2013-021371 por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1ero del Código Penal, en la cual el referido acusado se encuentra privado preventivamente en el Internado Judicial del Estado Monagas, y el asunto penal Nro. NP01-P-2012-001760 por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO, en perjuicio del ciudadano Héctor Luís Mencias Rojas, a quien en fecha 16 de agosto de 2013 este Tribunal decretó por decaimiento de medida una medida menos gravosa.
Así las cosas, no existe dudas de que al acusado EDUARD JOHAN CONTRERAS ROSENDO, se le siguen dos asuntos penales, los cuales se encuentran en fase de juicio, para iniciar el debate y el primero, que se sigue ante el Tribunal Tercero de Juicio, comporta el delito cuya penalidad a imponer sería MAYOR; lo que determina que el Tribunal que le corresponderá realizar el Juzgamiento del mencionado acusado es el Tribunal tercero de Juicio, por ser el competente para juzgar el delito más grave, como lo es el HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1ero del Código Penal; como corolario, este Tribunal a fin de garantizar la unidad del Proceso consagrado en el Artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece:
“Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepción que establece este código. Si se imputan varios delitos, será competente el tribunal con competencia para juzgar el delito más grave.”. (Negrillas del Tribunal).
Por lo que efectivamente a este ciudadano se le está siguiendo actualmente dos (2) procesos con identidad de partes, encontrándose los mismos en Fase de Juicio para el inicio de la AUDIENCIA ORAL Y PUBLICA, y al advertir que a ese Tribunal le correspondió conocer el asunto penal NP01-P-2013-021371 por ser el competente para juzgar el delito más grave, considera quien decide que debe dársele cumplimiento a la norma procesal y debe seguirse un solo proceso al ciudadano EDUARD JOHAN CONTRERAS ROSENDO, por lo se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al citado Tribunal de Juicio para la respectiva acumulación de las causas antes referidas y continuar el juzgamiento del mismo en un solo proceso. Y ASI SE DECIDE.
DECISION
Por lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, “Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley” Acuerda UNICO: REMITIR las actuaciones NP01-P-2012-001760 al citado Tribunal de Juicio para la respectiva acumulación de las causas antes referidas y continuar el juzgamiento del mismo en un solo proceso; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Jueza,
Abg. ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA
La Secretaria
ABG. LIANMARYS SALAZAR